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Abrirán los shoppings en el aglomerado de la ciudad de Neuquén

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Julio 16, 2020

Será a partir de mañana, con funcionamiento acotado al horario de circulación y de apertura comercial permitidos y respetando la modalidad de atención de acuerdo con la terminación de DNI de los clientes. Los cines, patios de comida o locales de entretenimientos de estos centros comerciales no están habilitados en esta etapa.


El gobierno provincial, a través del ministerio Jefatura de Gabinete, autorizó desde mañana la apertura al público de los shoppings centers en el aglomerado de la ciudad de Neuquén y aprobó los protocolos sanitarios básicos para esta actividad comercial.


Los cines, patios de comida o locales de entretenimientos de los shoppings centers no están habilitados en esta etapa.


La apertura de los shoppings centers será con factor de ocupación restringido a una persona cada 16 metros cuadrados de superficie en los espacios de circulación libre (pasillos, halls de entrada y salida, entre otros) en simultáneo. Será con funcionamiento acotado al horario de circulación y de apertura comercial permitidos en el aglomerado de la ciudad de Neuquén, y respetando la modalidad de atención de acuerdo con la terminación de DNI de los clientes, conforme lo dispuesto en el Decreto provincial N° 0689/20 y normas derivadas.


Las personas que se relacionen en el ámbito de las actividades deberán observar las reglas de conducta generales establecidas en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 576/20 del Poder Ejecutivo Nacional y normas derivadas.


La norma dispone que los protocolos sanitarios básicos definidos podrán ser modificados o suspendidas en forma total o parcial por la máxima autoridad sanitaria provincial, conforme a la evolución epidemiológica de la pandemia COVID-19, debiendo comunicar de inmediato tal decisión al ministerio Jefatura de Gabinete, que podrá dejar sin efecto la autorización provisoria otorgada a esas actividades.


Los establecimientos autorizados provisoriamente a realizar su apertura al público y las personas que en ellos trabajan están comprendidos dentro de la categoría de actividades esenciales y/o exceptuados en relación con los desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse establecidos en el artículo 5º del Decreto Nº 0689/20 y normas derivadas. Podrán recibir y atender clientes y/o usuarios dentro del horario exclusivo y las modalidades de circulación en la vía pública fijadas en la normativa provincial. Asimismo, están alcanzados por lo dispuesto en el artículo 6º de dicha norma.


El ministerio Jefatura de Gabinete invita a los municipios a adoptar medidas similares y a colaborar en el monitoreo y supervisión del cumplimiento de las modalidades de trabajo, los protocolos sanitarios básicos, las reglas de conducta generales y de las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias.


Protocolo para shoppings centers


La operación de los shoppings centers en la provincia del Neuquén durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria y hasta que las autoridades sanitarias lo dispongan, se ajustará a los lineamientos aquí establecidos.


Cumplimiento normativo y apoyo a las autoridades: los shoppings centers deberán dar cumplimiento a todas las disposiciones emitidas por el gobierno nacional, provincial o municipal, en relación con la prevención del COVID-19. Asimismo, promoverán y colaborarán para su cumplimiento con los locatarios, visitantes, proveedores y todos aquellos relacionados con la industria, dentro del Centro Comercial.


Los shoppings podrán operar en todos los casos con un factor de ocupación limitado a un máximo de una persona cada 16 metros cuadrados de superficie en los espacios de circulación libre (pasillos, halls de entrada y salida, entre otros) en simultáneo. Para este cálculo no se consideran las superficies de locales o supermercados, que deberán a su vez cumplir con la capacidad máxima de ocupación permitida en la presente.


Deberán respetarse las siguientes franjas horarias:

La franja horaria de circulación habilitada para cada zona de la Provincia del Neuquén, en función de la presencia o ausencia de casos activos de COVID-19:


Ciudades con casos activos de COVID-19: fijada entre las 8 y las 20, de lunes a sábado.

a. Para el caso del aglomerado urbano de la Ciudad de Neuquén, la circulación misma se encuentra además organizada en función del número de DNI de las personas, de la siguiente manera:

-Los días lunes, miércoles y viernes, podrán circular las personas cuyo DNI finalice en número 0 o par (0, 2, 4, 6, 8).

-Los días martes, jueves y sábado, podrán circular las personas con DNI finalizado en número impar (1, 3, 5, 7, 9).

Ciudades sin casos activos de COVID-19: fijada entre las 8 y las 24, de lunes a domingo.


b.- La franja horaria habilitada de apertura de locales comerciales para cada zona de la Provincia del Neuquén, en función de la presencia o ausencia de casos activos de COVID-19:


Ciudades con casos activos de COVID-19: fijada entre las 8 y las 19, de lunes a sábado. Los domingos no podrán abrir los locales comerciales de ningún tipo.

Ciudades sin casos activos de COVID-19: fijada entre las 8 y las 20, de lunes a sábado. Locales gastronómicos habilitados hasta las 24, inclusive los domingos.


En función de lo dispuesto anteriormente, se adecuarán los horarios de inicio y cierre de operación de cada shopping center, teniendo en consideración los márgenes de tiempo necesarios para que el personal de locales y operaciones, pueda trasladarse a sus domicilios con los menores inconvenientes posibles, respetando las franjas horarias de circulación permitida antes mencionada.


Solo se permitirá la apertura y funcionamiento de locales de venta minorista de diversos rubros, aparte de los supermercados, farmacias, bancos, atención odontológica, ópticas, peluquerías y barberías, centros de belleza y estética, que operarán en los horarios permitidos antes mencionados, de acuerdo con sus respectivos protocolos de habilitación vigentes.


El funcionamiento tanto de las áreas comunes como dentro de los locales comerciales se deberá realizar en cumplimiento del protocolo de la actividad, garantizando el distanciamiento social, las medidas de higiene, limpieza y desinfección de todas las áreas y las medidas de prevención para todas las personas que allí se encuentren.


Los cines, patios de comida o locales de entretenimientos ubicados en los shoppings centers no están habilitados en esta etapa en la provincia del Neuquén, en virtud de lo dispuesto en el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 576/20, Artículo 19°.


Se brindarán gratuitamente espacios adecuados para que las autoridades competentes, en el caso que lo requieran, brinden información de prevención, campañas de vacunación u otras similares relativas a la prevención del COVID-19 en los shoppings centers.


En las zonas de carga y descarga de mercaderías, los conductores deben permanecer en la cabina del camión siempre que sea posible. Las actividades de carga y descarga deben ser realizadas, en la medida de lo posible, por el personal local de la empresa que reciba o envíe las mercancías. Cuando estén obligados a supervisar estas actividades, los conductores deberán cumplir estrictamente con una distancia mínima de seguridad respecto del resto del personal y utilizarán el material de protección establecido (EPP). Si los conductores o el personal intercambian documentos físicos en los puntos de carga o de descarga, se recomienda que utilicen solución de alcohol al 70 % o alcohol en gel para las manos o se las laven con agua y jabón inmediatamente después.


Se mantendrá comunicación permanente con las autoridades gubernamentales, provinciales, municipales y fuerzas de seguridad para coordinar cualquier contingencia o novedad.


La operación se realizará con la cantidad mínima indispensable de personal, se conformarán grupos fijos de trabajo, con esquemas rotativos, para garantizar la tarea, pero a su vez cumplir con el distanciamiento social dentro de cada espacio.


Los empleados pertenecientes a grupos de riesgo quedan exentos de la obligación de concurrir. Se considera grupo de riesgo a aquellas personas que tienen mayor posibilidad de progresar a formas severas o que son vulnerables por su situación: mayores de 60 años, y/o con enfermedades o tratamientos que bajan las defensas (inmunocomprometidos); embarazadas; personas con enfermedades crónicas: cardíacas incluyendo hipertensión arterial, pulmonares, renales, diabetes, obesidad, etc.


Deberán observarse plenamente las “Recomendaciones Especiales” aprobadas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT): para el desempeño de los trabajadores exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio para el cumplimiento de su labor, así como para su hacia y desde el lugar de trabajo, sobre buenas prácticas en el uso de los elementos de protección personal y sobre colocación de protección respiratoria. (https://www.argentina.gob.ar/srt).


Es obligatorio el uso de protectores faciales para clientes, empleados/as y proveedores (según Decreto Provincial Nº 0478/20). No se deberá permitir bajo ninguna razón el acceso de clientes, empleados o proveedores que no hagan uso de su correspondiente protector facial, barbijo o tapabocas. En caso de permitirlo, el shopping o el local comercial podrá ser multado en virtud de lo dispuesto en el Artículo 3º de dicho Decreto, y su normativa reglamentaria. Los locales comerciales dentro de cada shopping deben cumplir además con el protocolo específico para comercio minorista o el rubro que corresponda.


Acceso a los shoppings centers y sus locales


Para mantener el distanciamiento social en lugares cerrados, se deberá dar cumplimiento al factor ocupacional establecido en la presente y siempre respetando hasta un máximo del 50 % de la capacidad habilitada del shopping center y de sus locales. Los responsables arbitrarán todas las medidas que entiendan oportunas para cumplir estas pautas de afluencia y organizar el debido distanciamiento social obligatorio del público que aguarda el ingreso.


Los responsables de cada shopping center podrán disponer en los accesos a los mismos de personal y equipos para el control de la temperatura con espacios diferenciados para clientes, proveedores y empleados, a fin de evitar el ingreso de personas febriles, con el objetivo de detectar posibles casos sospechosos de COVID-19, dando aviso inmediato a la autoridad sanitaria provincial.


Se instalarán alfombras sanitizantes en los accesos.


Se deberán delimitar claramente las áreas de espera, demarcando en el piso, mediante pintura o cinta de alto tránsito, una distancia mínima de dos metros como mínimo entre personas, para evitar la aglomeración


Cada shopping center comunicará en los accesos de público, la capacidad máxima de personas para las áreas comunes, estacionamientos o parking cerrados y los locales comerciales deberán hacer lo propio en la entrada de cada local.


El ingreso a otros espacios comunes (baños, etc.), deberán hacerse en forma ordenada por turnos para evitar el aglomeramiento. Se promoverá e instará a través de personal asignado, las medidas preventivas, principalmente el distanciamiento social dentro del shopping center, en todos los lugares donde puedan originarse filas, tales como: baños, escaleras, puesto de informes y otros. Se comunicará y hará cumplir el distanciamiento social de dos metros, como mínimo, entre personas circulando, y también entre personas dentro de los locales comerciales.


Los ingresos de vehículos particulares en los estacionamientos se habilitarán por zonas con el fin de establecer un buen control del tránsito y circulación internas, garantizando una buena ventilación.


Se realizará un procedimiento de registro diario de todas las personas que ingresan al centro comercial para realizar tareas, ante eventual requerimiento de la autoridad sanitaria.


Medidas de prevención


Se pondrá a disposición en todos los accesos a los shoppings centers para todas las personas que ingresen, productos para la higiene de las manos y se evacuarán consultas respecto a las medidas de prevención dispuestas. Se dispondrá de soluciones a base de alcohol al 70% para los empleados y clientes en lugares visibles, como el acceso al shopping center y a cada uno de los locales.


Se dispondrá de dispensadores de alcohol en gel en puntos de alto contacto, en zonas del área común con acceso a todos los visitantes, colaboradores y proveedores, con énfasis en la cercanía de baños, escaleras mecánicas y ascensores.


Se deberá disponer al personal del comercio la higiene de las manos después de atender a cada cliente, y lavado de manos con jabón y agua cada una hora; antes y después de ingerir alimentos, o después de ir al baño.


Se establecerá la señalética adecuada a la entrada de cada baño público indicando la importancia del lavado de manos con agua y jabón, de acuerdo a las recomendaciones de la autoridad de salud.


Uso de marcadores en piso y delimitadores en los lugares que lo requieran como sillas/bancos de descanso, puestos de informe y cajas de pago entre otros, que garanticen mantener la distancia mínima de dos metros entre personas. En caso de no poder mantenerse la misma deberá considerarse la instalación de medidas físicas, especialmente en puestos de informe, cajas de pago y puestos de control.


Se promoverá preferentemente el uso de escaleras. Se aplicará la señalética adecuada que permita mantener el distanciamiento mínimo de dos metros entre personas para el uso de las escaleras mecánicas y de los ascensores. En caso de los ascensores, evaluar capacidad máxima según volumen, y de no poder garantizarse la distancia social, se deberá acceder de a una persona por vez.


Se demarcarán zonas diferenciadas para vehículos de despacho online y delivery dentro de los estacionamientos, si los hubiere, considerando las medidas de higiene, uso de barbijo y distanciamiento social en la entrega de la mercadería.


En las zonas de carga y descarga de mercaderías, se aplicará el cumplimiento de las normas sanitarias establecidas como el “Protocolo Particular Plan de Emergencia COVID-19, para el Transporte Automotor de Cargas Generales y Peligrosas en las Rutas Nacionales en el marco de la pandemia del nuevo Coronavirus (COVID-19)”, como así también se extenderán medidas preventivas para el combate del COVID-19.


Limpieza, desinfección y mantenimiento


Todos los espacios comerciales del shopping center deberán disponer de servicios de limpieza y desinfección permanente: se recomienda realizar limpieza húmeda y desinfección con las técnicas e insumos recomendados por la autoridad sanitaria provincial; e intensificando la frecuencia previa al inicio de actividades; a mitad y a fin de la jornada, como mínimo.


Se intensificará la limpieza y desinfección en todas las áreas, particularmente en zonas comunes, baños, pasillos y superficies de alto contacto, barandas, escaleras, botoneras, ascensores, cestos de basura, sillas, manijas o perillas, etc.

Se reforzará la limpieza y desinfección en pasillos técnicos, zonas de servicio, locales y oficinas administrativas y veredas frentistas.


El personal de servicios deberá utilizar guantes de limpieza habitual; deben cubrir parte del antebrazo y quedar por arriba de la ropa de trabajo, junto con tapabocas y protectores oculares. Solo en aquellas circunstancias en las que un paciente sospechoso o confirmado de COVID-19 haya permanecido en el ambiente, el personal de limpieza utilizará equipo de protección individual que debe incluir: bata impermeable con mangas largas, barbijo de tipo quirúrgico, guantes nos estériles y protección ocular de montura integral (antiparras).


Se debe realizar ventilación frecuente de todas las instalaciones para garantizar el recambio de aire.


Se coordinará con las Municipalidades y/o empresas privadas de ser el caso, la correcta gestión de los residuos sólidos.


En todo trabajo programado de mantenimiento y/o reparación, se hará cumplir a propios y terceros las medidas de higiene establecidas en el presente protocolo.


Personal del shopping center


Todo el personal que brinda servicios en los shoppings centers será capacitado en las medidas de prevención del COVID-19, notificación y tratamiento preventivo con la finalidad que cumpla y haga cumplir las recomendaciones emanadas del gobierno y las del presente protocolo.


Se promoverá el cambio de hábitos (evitar los saludos con contacto físico; evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca; evitar prestar objetos de uso personal, compartir alimentos o mate, utilización de medios de gestión electrónica/ virtuales).


Todo el personal propio y contratado por los asociados, que requiera la utilización de material de protección, contará con los equipos necesarios de acuerdo con las disposiciones emitidas por el gobierno en relación con la prevención del Covid 19. Idéntico recaudo será solicitado a los titulares de locales respecto de sus dependientes.


Se adecuarán los protocolos de las simulaciones de evacuación para que se pueda realizar, manteniendo las seguridades del distanciamiento entre personas que participen en el simulacro, en acuerdo con las autoridades de aplicación.


Al llegar al local comercial, los empleados deberán hacer uso de sus zapatos y ropa de trabajo, y guardar su ropa personal en una bolsa plástica, dejando aislado el calzado que utilizó. Al llegar a su hogar, se deberá en lo posible realizar el cambio de calzado o la limpieza de la suela mediante un trapo húmedo embebido en dilución de lavandina al 1%. Deberá también realizar lavado de manos con agua y jabón o con solución de alcohol al 70%.


Notificaciones y tratamiento preventivo


En caso de aparición de síntomas fuera del horario de la jornada laboral: en caso de presentar síntomas detallados en la definición de caso sospechoso en vigencia (www.saludneuquen.gob.ar).


No acudir al lugar de trabajo e informar inmediatamente al empleador/empleados para que se active el protocolo de desinfección correspondiente en el espacio de trabajo, como las medidas de aislamiento preventivo de las personas que tuvieron contacto directo con la persona afectada. Las personas deben aislarse y comunicarse con la autoridad sanitaria para su asistencia, llamando al 0800-333-1002; o bien comunicándose al Hospital o Centro de Salud más cercano. No deben automedicarse.


En caso de aparición de síntomas durante el horario de la jornada laboral. En caso de aparición de dichos síntomas durante la jornada laboral, el referente designado deberá dar aviso de forma inmediata a la autoridad sanitaria provincial, llamando al 0800-333-1002; o bien comunicándose al Hospital o Centro de Salud más cercano. Mientras se espera la asistencia por parte de personal sanitario, la persona con síntomas deberá ser ubicada en un espacio de aislamiento definido, en lo posible ventilado, y utilizando tapaboca o barbijo. Se dará aislamiento preventivo a las personas que tuvieron contacto directo con la persona afectada y se realizará un proceso de desinfección del sector de aislamiento y áreas de contacto del trabajador sintomático.


Señalética y comunicación


Se implementará la comunicación gráfica sobre las medidas de prevención frente al COVID-19 y las nuevas normas de protección al público, clientes y personal en general de los shoppings centers.


Se difundirán por redes sociales, las acciones tomadas como prevención y la importancia del cumplimento de las mismas, antes, durante y después de su visita a los shoppings centers.


Se señalizarán los pisos, para definir puntos de espera y respetar el distanciamiento social.


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