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Coronavirus: nuevo comunicado del Comité de Emergencia Provincial

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Julio 3, 2020

Al momento de este reporte, informamos el fallecimiento de una persona de la provincia del Neuquén por Coronavirus (COVID-19). Se trata de un hombre de 70 años de Cutral Co, vinculado a la situación del ADOS y con comorbilidades (miocardiopatía dilatada, hipertensión arterial, fibrilación auricular crónica y obesidad), que se encontraba internado en un sanatorio de dicha localidad.


Por otra parte, se notificaron diez (10) nuevos casos confirmados de Coronavirus (COVID-19) de la provincia del Neuquén. Se trata de:

  • La persona informada como fallecida.
  • Un hombre de 51 años, un joven de 26 años, un hombre de 59 años y un hombre de 41 años, todos de Neuquén capital, contactos estrechos de casos confirmados.
  • Una mujer de 59 años y un hombre de 63, ambos de Neuquén capital, sobre los cuales se investiga su nexo epidemiológico.
  • Un hombre de 46 años de Aluminé, un hombre de 35 años de Plottier y un hombre de 54 años de Centenario, todos contactos estrechos de casos confirmados.


Es decir que el total de casos confirmados informados en el día de la fecha, entre el comunicado del mediodía y el presente, es de: quince (15). El total de casos fallecidos informados en el día de la fecha, entre el comunicado del mediodía y el presente, es de: dos (2).


Además, se reportaron catorce (14) nuevos casos recuperados de Coronavirus (COVID19) de la provincia del Neuquén. Se trata de una bebé de 1 año, una joven de 24 años, una joven de 25 años, una mujer de 37 años, una mujer de 43 años, una mujer de 55 años, un joven de 22, un joven de 24 años, un hombre de 38 años, un hombre de 45 años, de Neuquén; una mujer de 46 años y un hombre de 56 años, de Aluminé; y una mujer de 33 años, de Cutral Co.


También se descartaron treinta y siete (37) casos sospechosos de la provincia del Neuquén.


Desde el inicio del seguimiento epidemiológico de Coronavirus (COVID-19) en nuestra provincia, a la fecha se registraron:


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A partir del 30/06/2020, el Ministerio de Salud del Neuquén ha actualizado la definición de caso sospechoso. Los cinco criterios de caso sospechoso se clasifican en dos grupos: con nexo epidemiológico (criterio 1) y sin nexo epidemiológico (criterios 2, 3, 4 y 5).


Criterio 1:


Toda persona que presente:


A. Temperatura corporal de 37,5° o más y


Uno o más de los siguientes síntomas: tos; odinofagia (dolor de garganta); dificultad respiratoria; anosmia (pérdida del olfato) y disgeusia (alteración en la percepción de los sabores).


B. Con nexo epidemiológico en los últimos 14 días:


  • Contacto estrecho de un caso confirmado de COVID-19, o
  • Antecedente de viaje al exterior, o
  • Antecedente de viaje/estadía a áreas de transmisión comunitaria (CABA, provincias de Buenos Aires, Chaco y Río Negro y el conglomerado urbano de Neuquén capital, Centenario y Plottier).

Sin otra etiología que explique completamente la presentación clínica.


NOTA: Estas áreas de circulación activa incluidas en la definición podrán ser actualizadas en función de la evolución de la situación epidemiológica.


Criterio 2:

  • Todo paciente con diagnóstico clínico y radiológico de neumonía ambulatoria o
  • Todo paciente con infección respiratoria aguda grave (IRAG) con criterio de internación.

Sin tener en cuenta el nexo epidemiológico.


Criterio 3:


Todo paciente que presente anosmia (pérdida del olfato) o disgeusia (alteración en la percepción de los sabores), de reciente aparición y sin otra etiología definida y sin otros signos o síntomas. Sin tener en cuenta el nexo epidemiológico.


NOTA: Ante la presencia de alguno de éstos como único síntoma, se indicará aislamiento durante 72 hs, indicando muestra para diagnóstico por PCR, al tercer día de iniciado síntomas.


Criterio 4:


Todo personal de salud, cuidadores de adultos mayores, defensa civil, bomberos, fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, que presente fiebre aislada o dos o más de los siguientes síntomas: tos; odinofagia (dolor de garganta); dificultad respiratoria; anosmia (pérdida del olfato) y disgeusia (alteración en la percepción de los sabores). Sin tener en cuenta nexo epidemiológico.


NOTA: Ante la detección de casos sin fiebre se indicará el aislamiento durante 72 hs, indicando toma de muestra para diagnóstico PCR, al tercer día de iniciado los síntomas.


Criterio 5:


Toda persona considerada población vulnerable y con mayor riesgo de complicaciones y/o muerte: paciente en hemodiálisis, pacientes trasplantados e inmunocomprometidos, personas mayores en residencias geriátricas, centros de rehabilitación, que presente:


Fiebre aislada o dos o más de los siguientes síntomas: tos; odinofagia (dolor de garganta); dificultad respiratoria; anosmia (pérdida del olfato) y disgeusia (alteración en la percepción de los sabores). Sin tener en cuenta nexo epidemiológico.


Aislamientos obligatorios:


Para las personas que estén regresando a sus domicilios, procedan de las áreas con circulación viral activa comunitaria (CABA y provincias de Buenos Aires, Chaco y Río Negro), cuyo destino final sea la provincia del Neuquén, deberán realizar aislamiento social, preventivo y obligatorio durante 14 días.


En el caso de las personas que regresen a sus domicilios procedentes del conglomerado urbano de Neuquén capital, Centenario y Plottier, cuyo destino final sea el resto de las localidades de la provincia del Neuquén, deberán realizar aislamiento social, preventivo y obligatorio durante 14 días.


Para las personas que por motivos laborales, familiares y de salud circulen transitoriamente entre las provincias de Neuquén y Río Negro, la misma deberá ser limitada estrictamente al cumplimiento de las actividades que fueron declaradas esenciales. Se busca desestimular el traslado de personas para actividades que puedan ser realizadas en su localidad.


El personal esencial que viva y trabaje entre ambas provincias deberá presentar la credencial que lo habilita y quedará exceptuado de esta medida.


Estas medidas deberán ser aplicadas a todas las personas que circulen en el área interprovincial según la reglamentación que definan los COE locales y su control será realizado por el personal designado a esta función.


Es importante recordar que la Ley 2611, en su artículo 4°, inciso K, señala: “Los pacientes tienen derecho a la intimidad y confidencialidad de los datos. En correspondencia con este derecho el servidor público debe indefectiblemente guardar y preservar el secreto profesional”.


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